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Constituciones reformadas de Ntra. Sra. de los Dolores de la Parroquial de San Juan. Año de 1790. Incorporada con la Cofradía del Santísimo de dicha Parroquia en virtud de Despacho del Supremo Consejo de Castilla.

La Real Pragmática del Conde de Aranda, de 1783, reinando Carlos III, llamada "Desamortización de Godoy", condujo a la desaparición de muchas Hermandades y Cofradías. Esta situación provocará la fusión de la Hermandad de los Dolores, con la Sacramental de San Juan, después de un largo pleito ante la Real Chancillería de Granada. La reforma de las Constituciones se enmarca dentro de los trámites y la documentación necesaria que conllevó dicho pleito.
Los firmantes de la copia son D. José Sanz (Mayordomo de la Hermandad), dando fe de su correspondencia con el original el Notario D. Pedro Padilla.
Contiene:

  1. De la página 1 a 8. Trascripción literal de los 17 capítulos de las Constituciones de 1688, siendo Hermano Mayor D. Juan de Ovando y Santarem y Mayordomos D. Pedro Brito y Cortés y D. Juan Verdugo.

  2. De la página 8 a 16. Declaración, ampliación y reforma de Nuestras Antiguas Constituciones.

José Sanz y Pedro Padilla

Documentación Real Chancillería de Granada sobre el Pleito que se presentó en 1790 ante el organismo para evitar la extinción de la Archicofradía a tenor de lo dispuesto en la R.O. sobre" Arreglo de Cofradías del Reino" de 1773.

s/n Descripción documentación por Pedro Merino
s/n Sumario del expediente
s/n Certificado Obispado de Málaga reconociendo que la actual Archicofradía es la misma "establecida desde tiempo inmemorial de la parroquia de San Juan

Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores

Asiento de los Hermanos que se reciben./ Se divide en dos partes./ En la primera se hara el asiento pr. Abecedario con expreci/on del dia Mes y Año de su recibimiento notando si es/ soltero, o Casado, y/ En la segunda q.e principia al folio 68 se anotaran las/ Hermanas Viudas p.r sus nombres, y apellidos expresando/ Juntamen. Te el nombre y el apellido del que fue su marido/ Año de 1790.

La Hermandad requería contar con un minucioso censo de hermanos, así como de sus viudas, sobre todo para el cumplimiento de sus deberes de entierro
Contiene:

  1. Hasta el folio 68 se relaciona el asiento de hermanos haciendo constar el día mes y año de su recibimiento.
  2. Desde el folio 68 se anotan las hermanas viudas por sus nombres y apellidos y el nombre y apellido de sus maridos
    Cuando el asiento se realiza por el Mayordomo Juan Prolongo, firma en alguna ocasión como "Mayordomo archivista".

Hermandad de Nuestra Señora de los Dolores

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